Speedy...
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Publicado: Mar Ago 31, 2010 5:52 pm Título del mensaje: Demanda Penal por Fraude Hipotecario al Sr. Ernesto Muriedas |
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CAPÍTULO III
FRAUDE
EL DELITO DE FRAUDE DEL SR. ING. ERNESTO MURIEDAS GUTIERREZ PRESCRIBE EN 3 AÑOS A PARTIR DE HOY ( por el tiempo ya transcurrido y favoreciéndolo).
contactar a la sra. maria del rocio muriedas 502540-08 y 5025-4007
ARTÍCULO 230. Al que por medio del engaño o aprovechando el error en que otro se halle, se haga ilícitamente de alguna cosa u obtenga un lucro indebido en beneficio propio o de un tercero,
se le impondrán:
V. Prisión de seis a once años y de ochocientos a mil doscientos días multa, cuando el valor de lo defraudado exceda de diez mil veces el salario mínimo.
Cuando el delito se cometa en contra de dos o más personas, se impondrá además las dos terceras partes de las penas previstas en las fracciones anteriores.
ARTÍCULO 231. Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior, a quien:
VI. Provoque deliberadamente cualquier contecimiento, haciéndolo aparecer como caso fortuito o fuerza mayor, para liberarse de obligaciones * o cobrar fianzas o seguros;
( * LA HIPOTECA de ERNESTO MURIEDAS GUTIERREZ Trojes # 78 Mario Santiago Pérez y/o Mario Santiago N. Nunca trabajó en KIMIC, de hecho ninguno de los trabajadores que demandaron a KIMIC trabajaron jamás en KIMIC, esta dado de alta en el Seguro Social por parte de KIMIC pero las fechas no coinciden con su tiempo real de trabajo, ¿Cómo si Mario Santiago N y/o Mario Santiafo Pérez trabajó como Chofer repartidor de productos de belleza en otra empresa pudo trabajar en KIMIC al mismo tiempo y devengando salarios altísimos al mismo tiempo? 2. No tiene una lista de Clientes a los cuales les haya vendido miles de millones de pesos de productos de KIMIC 3. ¿De qué trabajaba en KIMIC? 4. ¿Cuántos testigos existen de que trabajó en KIMIC? 5. ¿Quiénes son los otros trabajadores de KIMIC qué demandaron a tal empresa? 6. Kimic nunca en realidad vendió gran cosa, ¿dónde están las miles de facturas de sus ventas y dónde están sus clientes? 7. Eduardo Orta Romero es cómplice de este Fraude al Banco, a la recuperadora de crédito y a la pertsona que compró o compre la casa ubicada en Trojes # 78, Eduardo Orta Romero realiza los pagos de los impuestos de KIMIC y sabe perfectamente que Mario Santiago N y/o Mario Santiago Pérez nunca trabajó en Kimic. Etc.
Salario Mínimo: $ 70
10,000 veces
10,000 x 70 = $ 700,000.00 (Setecientos Mil pesos 00/100 MN. )
Es decir lo defraudado al Banco, a la Recuperadora de Crédito y a la tercera persona que compró o compre la casa ubicada en Trojes # 78, Col. Paseos de Taxqueña es mayor a un millón quinientos mil pesos que supera ampliamente los $ 700,000.00 ( setecientos mil pesos que contempla el Código Penal por lo que le corresponde al Sr. Ernesto Muriedas Gutiérrez:
V. Prisión de seis a once años y de ochocientos a mil doscientos días multa, cuando el valor de lo defraudado exceda de diez mil veces el salario mínimo.
Más:
Cuando el delito se cometa en contra de dos o más personas, se impondrá además las dos terceras partes de las penas previstas en las fracciones anteriores.
Dos Terceras Partes es decir si la mínima es de 11 años ¿Cuál es la tercera parte de los 11 años?
Si la tercera parte de 6 años son 2 años, las dos terceras partes son:
2 años más de prisión es decir 8 años de Cárcel es lo que contempla el Código Penal para el DEFRAUDOR DE BANCOS EL SR. ERNESTO MURIEDAS GUTIERREZ ( Y ello solo tomando en cuenta las mínimas señaladas en el Código Penal del d.f. Vigente.).
CLARO QUE COMO ES PRIMODELINCUENTE Y SE DEFIENDA CONTRA LA SENTENCIA TAL VEZ SEAN SOLO 5 O 6 AÑOS DE PRISION PARA ESTE DEFRAUDADOR DE BANCOS Y/O INSTITUCIONES FINANCIERAS dependiendo del criterio del Juez Penal.
ESTE DELITO PRESCRIBE EN 5 AÑOS SUMANDO LA MINIMA CON LA MAXIMA Y SACANDO LA MITAD.
EL DELITO DE FRAUDE DE ERNESTO MURIEDAS GUTIERREZ PRESCRIBE EN 3 AÑOS, (por el tiempo ya transcurrido y favoreciéndolo)
TENDRAN EL EXPEDIENTE DEL FRAUDE KIMIC EN SU PC EN LOS DIAS SIGUIENTES, DESGLOSADO PARA VER CUANTAS MENTIRAS TIENE DICHO EXPEDIENTE DEL DEFRAUDADOR DE INSTITUCIONES FINANCIERAS EL SR. ERNESTO MURIEDAS GUTIERREZ.
MARIO SANTIAGO PEREZ Y/O MARIO SANTIAGO N.
El Testigo Falso Principal del Fraude KIMIC.
CAPÍTULO II
FALSEDAD ANTE AUTORIDADES
ARTÍCULO 311. Quien al declarar ante autoridad en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, faltare a la verdad en relación con los hechos que motivan la intervención de ésta, será sancionado con pena de dos a seis años de prisión y de cien a trescientos días multa.
Si la falsedad en declaración se refiere a las circunstancias o accidentes de los hechos que motivan la intervención de la autoridad, la pena será de uno a tres años de prisión y de cincuenta a ciento cincuenta días multa.
LOS COMPLICES DEL DEFRAUDADOR DE INSTITUCIONES FINANCIERAS ERNESTO MURIEDAS GUTIERREZ SON:
1. EDUARDO ORTA ROMERO (Lleva las Declaraciones de KIMIC ante SHCP y sabe perfectamente que Mario Santiago Pérez y/o Mario Santiago N jamás trabajó en KIMIC.
2. EMANUEL RODRIGUEZ LOPEZ, sabe perfectamente que Mario Santiago N y/o Pérez jamás trabajó en KIMIC.
3. ROCIO ALEJANDRA MURIEDAS, Hija del defraudador de Bancos que sabe perfectamente todo el Proceso en el cual han incurrido en el Delito de Fraude.
ENCUBRIMIENTO POR FAVORECIMIENTO
ARTÍCULO 320. Se impondrán de seis meses a cinco años de prisión y de cien a quinientos días
multa, a quien después de la ejecución de un delito y sin haber participado en éste:
I. Ayude en cualquier forma al delincuente a eludir las investigaciones de la autoridad competente o
a sustraerse a la acción de ésta;
II. Oculte o favorezca el ocultamiento del responsable del delito, u oculte, altere, inutilice, destruya,
remueva o haga desaparecer los indicios, instrumentos u otras pruebas del delito;
III. Oculte o asegure para el inculpado, el instrumento, el objeto, producto o provecho del delito;
IV. Al que requerido por la autoridad, no proporcione la información de que disponga para la
investigación del delito, o para la detención o aprehensión del delincuente; o
V. No procure por los medios lícitos que tenga a su alcance y sin riesgo para su persona, impedir la
consumación de los delitos que se sabe van a cometerse o se están cometiendo, salvo que tenga
obligación de afrontar el riesgo, en cuyo caso se estará a lo previsto en este artículo o en otras
normas aplicables. _________________ FRAUDE HIPOTECARIO TROJES # 78 ERNESTO MURIEDAS GUTIERREZ |
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